La valoración médica periódica se debe realizar a todos los trabajadores en función del tipo, magnitud y frecuencia de exposición a cada factor de riesgo, así como al estado de salud del trabajador. A pesar de que la periodicidad de estas pruebas es determinada por un médico ocupacional, generalmente se sugiere que se realice cada año, en el caso de labores que involucren alto riesgo para la salud se realizarán semestralmente o a intervalos más cortos según la necesidad.
Previo a la valoración médica periódica los trabajadores deberán contar con el examen médico ocupacional periódico que se realiza con el fin de monitorear la exposición a factores de riesgo e identificar en forma oportuna posibles alteraciones temporales, permanentes o agravadas del estado de salud del trabajador, ocasionadas por las labores propias de su cargo o por la exposición al ambiente de trabajo, o también se realizan cada vez que el trabajador cambie de puesto de trabajo, de ambiente laboral o cuando aumente el riesgo.
Los formatos de Historias Clínicas Ocupacionales y Certificado de Aptitud Laboral que utiliza CONSESA, contienen todos los lineamientos establecidos, exigidos e inspeccionados por los diferentes entes de control.